Todos los permisos retribuidos que hay en España y su duración desigual: de las muertes a las bodas
El tiempo que cubren los permisos retribuidos varía mucho de un caso a otro
"¿Tiene sentido tener derecho a 15 días libres tras casarse, pero luego tener que gestionar el duelo de la pérdida de esa persona en tres?"
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Sea por cuestiones felices, sea por cuestiones tristes, la Seguridad Social cubre la ausencia del puesto de trabajo de la población. La baja médica —que mantiene el salario durante un período de enfermedad— da una red de apoyo en un momento en el que no se puede trabajar, pero ¿qué más permisos retribuidos pueden solicitar los trabajadores y las trabajadoras en España?
Permisos remunerados
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Posiblemente el más conocido, sea la baja por maternidad o paternidad o —su nombre oficial— la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Durante el tiempo que la persona se acoge a esta prestación recibe "un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora" (simplificando, la base reguladora es el salario bruto dividido entre la cantidad de días que haya tenido el mes anterior a la baja). Desde principios de 2021, el permiso de maternidad y el de paternidad están equiparados: ambos progenitores tienen 16 semanas cada uno (se ha hablado de subirlas, pero todavía esa es la cifra, como confirma la web de la Seguridad Social).
Como explica la propia información que publica el organismo, seis semanas son "obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto" y las diez restantes se pueden distribuir en los 12 meses siguientes al nacimiento. Lo mismo ocurre en caso de adopción, cuando la fecha que se considera como el punto inicial para la prestación es la "resolución judicial o decisión administrativa".
Aun así, la cobertura del permiso puede aumentar. Es lo que ocurre si en vez de un bebé se tiene un parto múltiple —o una adopción igualmente múltiple—, cuando se suma una semana extra por progenitor y criatura (a contar a partir de la segunda). También se tiene derecho a una semana extra en caso de discapacidad y a ampliar hasta un máximo de 13 semanas en caso de hospitalización del bebé o parto prematuro. Durante la lactancia, se tiene derecho a una hora en la jornada.
Otros permisos pagados
El nacimiento es uno de los períodos mejor cubiertos con permisos remunerados —aunque España sigue muy lejos de los 16 meses que pueden repartirse los padres en Suecia, por ejemplo—, pero no es la única ocasión en la que el Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a una pausa con salario. El siguiente permiso mejor —por extensión en días pagados— es por boda. Es como se lo conoce popularmente, pero no cubre solo los matrimonios sino también el registro por pareja de hecho y da a cada miembro de la pareja 15 días pagados.
En la última actualización del Estatuto de Trabajadores publicada en el BOE, se listan otros permisos.
- Cinco días por accidente, enfermedad grave, hospitalización o cirugía de la pareja (tanto matrimonio como pareja de hecho), los parientes hasta segundo grado y cualquier persona con la que convivas (aunque no entre dentro de estas categorías) y necesite cuidados.
- Cuatro días naturales de "libre disposición". Son los famosos días de asuntos propios, para los que lo único que especifica la norma es que tienes que avisar siete días antes —salvo que sea urgente, entonces baja el margen de días— para poder disfrutarlos.
- Tres días naturales por "fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad". En caso de que haya que ir a otra provincia o comunidad autónoma, se suman dos días más.
- Un día por cambio de domicilio. Es posiblemente uno de los más olvidados: viene a ser un día por mudanza.
A eso se suman los días que requieran obligaciones públicas (por ejemplo, que te toque ser mesa electoral o jurado) y todo el tiempo que necesites hasta tres veces al año para llevar a tus hijos al médico, aunque, eso sí, siempre que la empresa no haya ofrecido antes un cambio de turno.
Permisos no remunerados
A los permisos remunerados se suman aquellos que la población trabajadora puede reclamar renunciando a su salario o bajándolo. Por conciliación, se puede pedir una reducción de jornada por cuidados (tanto de menores de 12 años como familiares o personas discapacitadas) pero, aunque la empresa no puede negarse salvo algunas excepciones, el salario bajará.
También existen excedencias. Si se pide para el cuidado de familiares de hasta segundo grado o hijos, no está remunerada pero sí cuenta para cotización (aunque solo si se trabaja por cuenta ajena) y tiene un máximo de tres años, según recoge la web de la Seguridad Social. Para pedir la excedencia voluntaria, tal y como recoge por el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, no hay que justificar razones. Solo se necesita haber trabajado un año y el parón puede llegar hasta cinco. No está remunerada y la empresa puede no reincorporarte si, cuando vuelves, no existe un trabajo equivalente al que tenías.
¿Siguen teniendo sentido estos permisos?
Aunque el sistema tiene en cuenta varias realidades, no son pocas las voces críticas que reclaman mejoras. La duración de los permisos por paternidad o maternidad es una de las áreas en las que se suele insistir en que se necesita más tiempo y coberturas.
Aun así, donde quizás ahora se note más la disparidad de días esté en la diferencia entre los permisos matrimoniales y los conectados al fallecimiento de un ser querido. ¿Tiene sentido tener derecho a 15 días libres tras casarse, pero luego tener que gestionar el duelo de la pérdida de esa persona en tres? ¿Y debería quizás actualizarse qué pérdidas permiten ausentarse del trabajo en un mundo en el que los afectos y las relaciones han cambiado tanto?
Algunas empresas y algunos convenios concretos dan más margen para los procesos de duelo, pero no es lo habitual. Francisco Cruz Quintana y María Nieves Pérez Marfil, catedráticos del departamento de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico de la Universidad de Granada, explicaron en eldiario.es que, partiendo de su experiencia investigadora y clínica, "hay muchas diferencias entre dolientes en cuanto al tiempo que necesitan para elaborar el duelo y que este tiempo debería ser respetado".
A eso se suma que no solo se trata de gestionar la pena, sino que la muerte requiere un trabajo complejo burocrático y social que necesita horas y tiempo. Afrontar todo lo que implica en tres días es muy difícil. “Es necesario reconocer la mayor complejidad asociada al duelo”, insisten los expertos.