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Ana Guerra, Víctor Elías y su boda por la iglesia: ¿qué es la disparidad de culto que han utilizado para poder casarse?

El pasado jueves 31 de octubre, Ana Guerra y Víctor Elías se dieron el 'sí, quiero' en una ceremonia civil a la que acudieron compañeros de los protagonistas como los actores de 'Los Serrano', los concursantes de 'Operación Triunfo' o rostros conocidos como Roberto Leal, Arturo Vals, Rossy de Palma o Henar Ortiz, tía de la reina Letizia. Los invitados llegaron en autobuses y también en coches privados a la finca Prados Moros, en plena Sierra de Guadarrama, para disfrutar del enlace y la posterior fiesta. Aunque esperábamos ver hoy las fotos del gran día, la revista ¡HOLA!, "en señal de respecto con las víctimas afectadas por la dana", ha decidido esperar a la próxima semana y hemos podido conocer que el matrimonio se dio el 'sí, quiero' un día antes en una íntima ceremonia religiosa.

Tal y como explican desde el medio citado, la pareja se dio el 'sí, quiero' el 30 de octubre en la ermita de la Virgen del Puerto, en Madrid, lugar que conocieron a través de Carolina Caparrós, tía de Víctor. Al parecer, la ceremonia fue "muy íntima" y solo asistieron los familiares más cercanos de los novios, un total de casi 60 personas. La boda estuvo inspirada en la serie de 'Los Bridgerton' ("de la que son muy fans), con una decoración floral y un cuarteto de cuerda dirigido por Milena Brody.

Ana Guerra se sintió "muy conectada" con su religión en su boda con Víctor Elías

En las declaraciones que la pareja ha concedido al medio citado, Ana Guerra ha contado que se han casado "por disparidad de culto" porque solo una de las partes es religiosa. "Todo parte de que mucha familia mía y mucha familia de Víctor no se conocían y queríamos juntarlas el día anterior y pensamos… ¿Y si, ya que juntamos a las dos familias, nos casamos por la Iglesia? Y así fue, salió supernatural", ha contado la artista, confesando que ella quería una boda "más pequeña" y Víctor una "más grande".

En esta primera ceremonia, la cantante se sintió "muy conectada" con su religión, en una ermita "tan bonita" y rodeados de sus familias. "Estaba supernerviosa y, cuando lo vi, no me lo podía creer y dije: 'Qué afortunada soy', y también lloré muchísimo", ha confesado.

La dispensa a la que han recurrido Ana Guerra y Víctor Elías para casarse

Lo cierto es que en el Código de Derecho Canónico donde recoge expresamente esta posibilidad a la que se ha acogido la pareja en su boda. El texto, que compila las normas jurídicas que regulan la organización de la Iglesia de Occidente y otras cuestiones como los sacramentos y los derechos y deberes de los fieles, ordena todas las disposiciones eclesiásticas referidas a las normas del matrimonio católico. E incluye la dispensa que permite evitar el impedimento de disparidad de los matrimonios denominados “con disparidad de cultos”.

De forma general, según el canon número 1086, apartado 1, se considera inválido el matrimonio celebrado entre dos personas si una de las cuales ha sido bautizada en la Iglesia católica, o “acogida en su seno” y otra no ha sido bautizada. Pero el apartado 2 del mismo canon establece que esta norma general puede dispensarse, algo que tendrá que realizar el Ordinario, el clérigo que gobierna la iglesia particular o entidad jurisdiccional en la que un fiel está incardinado, si se cumplen algunas condiciones.

Las condiciones que han tenido que cumplir Ana Guerra y Víctor Elías en su boda religiosa

El canon 1086 se refiere a los cánones 1025 y 1026 para encontrar los requisitos que han de cumplir los contrayentes. El primero de ellos, que la parte católica de la pareja declare que “está dispuesta a evitar cualquier peligro de apartarse de la fe” y prometa que sinceramente hará “cuanto le sea posible” para sus hijos sean bautizados y educados en la Iglesia católica. El segundo, que informe al otro contrayente sobre las promesas y obligaciones que ha de atender la parte católica de la pareja, para que sea plenamente consciente de ello.

La tercera de las condiciones exige que ambas partes sean instruidas sobre los fines y propiedades esenciales del matrimonio. Por último, tanto Ana como Víctor habrán debido prestar las declaraciones y promesas en la forma que establece la Conferencia Episcopal Española para los matrimonios mixtos.

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