En 2018 cambiaron dos leyes, el GDPR de la normativa europea y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales dentro de la normativa española. Aún hoy nos surgen algunas dudas que vamos a intentar resolverlas con Inés Bermejo, experta en Protección de Datos en Grupo Adaptalia.
No estamos obligados ni a adjuntar imagen ni a poner nuestro sexo. Ni hay ninguna legislación específica que así lo indique. Te puedes negar, e incluso sería discriminatorio que te lo exigiesen. Pero todo depende del tipo de empleo, por ejemplo, como modelo o actor si puede que te pidan estos datos e incluso sería necesario.
Actualmente, no hay ninguna tasa legal reservada para mujeres. Esto es algo que se acuerda con la comisión negociadora del plan de igualdad. Pero hay un proyecto de ley orgánica que está en marcha para garantizar la composición paritaria de mujeres y hombres en órganos de decisión. Y según esta, las sociedades cotizadas y las grandes empresas no cotizadas, deberán tener al menos un 40% de mujeres en los consejos de administración y puestos de alta dirección.
En mayo, el presidente del gobierno aseguró que se iba a promover el derecho al olvido oncológico, que es aquel derecho que protege a todas aquellas personas que hayan accedido un cáncer a lo largo de su vida de cara a no declarar ese historial clínico a la hora de contratar un seguro o solicitar un préstamo. Aún no hay novedades. Para que entre el vigor se necesita la modificación de algunas leyes que no han sido modificadas.
Rotundamente no. La agencia española de protección de datos ha sido muy clara al respecto. No se pueden realizar preguntas personales o familiares que no tengan nada que ver con el puesto a desempeñar. Incluso constituiría una infracción grave tipificada en la Ley de infracciones y sanciones del orden social.